Jueves, 06 de julio de 2006
Autor: Diario de Burgos
«Concurren velocidad excesiva, desprecio a la propia vida y a la de los demás usuarios de la vía, desprecio a la señalización, maniobras de adelantamiento imprudentes y erróneas, desatención a la hora de mitigar el resultado del accidente y alcohol, todo ello al volante de un vehículo de 210 caballos de potencia y con la quinta velocidad activada en el momento del accidente». Así resume el magistradoMiguel Ángel Martín las posibles causas del siniestro presuntamente causado por J.A.P.C., de 24 años. Las consecuencias las sufre una familia, un barrio, una peña, un colegio, una ciudad... totalmente conmocionados por el fallecimiento de Julián Etayo Hernández y la gravedad de las heridas que sufre su hermana.
El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Burgos decretó ayer por la mañana, a petición de la Fiscalía, el ingreso en prisión sin fianza del conductor que el domingo por la mañana impactó contra dos vehículos a la altura de la factoría de Firestone cuando presuntamente circulaba a una velocidad cercana a los 150 kilómetros por hora en una zona limitada a 50 y con una tasa de alcohol superior al doble de lo permitido (la ley fija 0,25 miligramos/litro de alcohol en aire espirado).
El juez le imputa los delitos de conducción temeraria, homicidio imprudente y lesiones imprudentes, así como otro contra la seguridad del tráfico (conducir bajo la influencia de drogas o bebidas alcohólicas) y considera que la pena a imponer «superaría los tres años de prisión», todo ello «si se confirma la velocidad cercana a los 150 kilómetros hora» y «si no se estima la concurrencia por dolo eventual», lo que agravaría la situación de este joven vecino del barrio de Villímar.
LAGUNAS Y DESATINOS.
J.A.P.C. fue puesto a disposición judicial a las 10 de la mañana de ayer y prestó una declaración en la que se ponen de manifiesto sus lagunas y desatinos, según el auto que decreta su ingreso en prisión provisional y de retirada cautelar del permiso de conducir, contra el que cabe recurso de apelación en un plazo de cinco días.
En su relato de los hechos, el joven sostienen que «solo consumió dos cubatas», el último a las cinco de la mañana. Pero al magistrado se le antoja difícilmente compatible que siete horas después «persistan niveles de alcoholemia superiores a los permitidos en más de un 100%», ya que superó mínimamente los 0,50 miligramos/litro. Este «consumo de alcohol viene acompañado de inexistencia de descanso», ya que solo reconoce haber reposado de seis a ocho de la mañana en su coche, un Audi A3, estacionado en la calle Las Calzadas.
A esa hora arrancó el coche con dirección a su domicilio. No puede explicar cómo a las 11.24 horas del domingo aún se encontraba en la calle Vitoria ni qué hizo en esas más de tres horas. Tampoco acierta a recordar «la existencia de un semáforo en el lugar donde alcanza al primer vehículo», un Rover, ni de un paso de peatones. Asimismo, «dice no haber frenado hasta que golpea al segundo vehículo», el Seat Toledo en el que viajaba el fallecido, y que «circulaba unos 50 metros más adelante que el primero según su propia declaración», añade.
Para Martín esta explicación parece ilógica, salvo que la velocidad sea tal, que efectivamente, no puedas frenar porque el tiempo de reacción de cualquier conductor no da margen suficiente para evitar alcanzar el obstáculo en la distancia recorrida antes de frenar», subraya. Él reconoció ir a 90 km/h en el momento del primer golpe, pese a que las primeras estimaciones arrojan una velocidad muy superior y en todo caso «exagerada» en un tramo de vía urbana.
Todo ello le lleva a concluir al magistrado que «la merma de reflejos, la somnolencia, la desatención del imputado no van a ser un cúmulo de casualidades sino el resultado de una noche festiva».
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